20/02/2018
Los socios eligieron como presidente al licenciado Carlos Grisolía, quien reemplazará al doctor Julio Fracchia.
Carlos Grisolía es licenciado en Economía de la Universidad de Buenos Aires (UBA) y actualmente es Gerente de Ventas de Galileo Technologies S.A., empresa dedicada al diseño y desarrollo de equipos de GNC y GNL, donde trabaja hace más de 15 años. Anteriormente, fue gerente de cuentas multinacional de Avaya, un innovador internacional en comunicaciones comerciales digitales.
El nuevo consejo de administración de la CAGNC quedó conformado de la siguiente manera:
• Presidente: Lic. Carlos Grisolía (Galileo Technologies S.A.)
• Vicepresidente: Dr. Gustavo Salustri (Salustri GNC)
• Secretario: Lic. Carlos Scioli (Agira)
• Subsecretario: Srta. Maria Eugenia Fracchia (Inflex)
• Tesorero: Sr. Alfredo Busso (Bureau Veritas)
• Sub-tesorero: Sr. Gustavo Frontera (Delta Compresión S.A.)
20/01/2018
A través de la resolución 157/2017, el Ente Nacional Regulador del Gas actualizó los montos de los seguros y adecuó las pólizas al nuevo marco normativo establecido por el Código Civil y Comercial. Estableció, además, la fórmula de ajuste para que todos los años se actualice el monto en forma automática.
El organismo exige un seguro de responsabilidad civil, que cubre la actividad propia de cada sujeto; y uno de caución que garantiza que todas aquellas multas que aplica el Ente las pueda cobrar de manera ágil.
Los nuevos valores mínimos que se aplicarán a cada sujeto son los siguientes:
Seguros de responsabilidad civil
• Productor de equipos completos (PEC): $9.000.000
• Centro de revisión periódica de cilindros (CRPC): $6.000.000
• Fabricante de cilindros, partes o accesorios para GNC: $6.000.000
• Fabricante de módulos contenedores y transportadores de gas a granel: $6.000.000
• Importadores de partes o accesorios para GNC: $6.000.000
• Talleres de montaje: $1.500.000
• Organismos de certificación: $9.000.000
Seguros de caución
• Productor de equipos completos (PEC): $100.000
• Centro de revisión periódica de cilindros (CRPC): $100.000
• Fabricante de cilindros, partes o accesorios para GNC: $100.000
• Fabricante de módulos contenedores y transportadores de gas a granel: $350.000
• Importadores de partes o accesorios para GNC: $100.000
• Talleres de montaje: $250.000
• Organismos de certificación: $500.000
20/01/2018
Corría el año 1983 cuando la Secretaría de Energía de la Nación y la Asociación del Gas Argentino, decidieron impulsar la utilización del gas natural como combustible alternativo para la propulsión de automotores.
Fue así que se reglamentó el Plan de Sustitución de Combustibles Líquidos por Gas Natural Comprimido (GNC). Tras esa determinación, el 21 de diciembre de 1984, en Buenos Aires, se inauguraron las dos primeras estaciones de carga, una de Gas del Estado y otra con bandera YPF, que reabastecieron a 300 taxis.
A más de tres décadas de ese mojón histórico, hoy el GNC sigue siendo “El” combustible que beneficia no sólo al bolsillo de quienes lo eligen, sino también a la calidad del aire que todos respiramos, por la ausencia total de componentes orgánicos volátiles y tóxicos en el escape vehicular.
Pasó lo peor
Tras más de un año y medio de reveses comerciales e, incluso, cuestionamientos oficiales por parte del ministro Juan José Aranguren, las conversiones volvieron a encenderse.
Cifras oficiales difundidas por el Ente Nacional Regulador de Gas revelaron que las conversiones vehiculares a GNC treparon 30% en noviembre respecto al mismo mes del año anterior y 18% si se lo compara con octubre, alcanzando la cifra de 9.500 nuevos rodados, que ahora funcionan con gas. Esta recuperación paulatina del sector genera grandes expectativas.
Conveniencia
Un vehículo con GNC ahorra en pesos con referencia a la nafta más del 60%. Un metro cúbico de GNC equivale a 1,13 litros de nafta.
Un equipo para GNC de la más alta calidad vale $17.900 instalado con un tubo de 60 litros, autonomía equivalente a 15 litros de nafta.
20/01/2018
La resolución 474-E/2017 del Ministerio de Energía y Minería estableció los nuevos precios en el punto de ingreso al sistema de transporte (PIST). En su artículo 8 se dispone que “el recargo será equivalente al 2,58 por ciento sobre el precio del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte, por cada metro cúbico de 9.300 kc que ingrese al sistema de ductos en el Territorio Nacional”.
Requiere, además, que el Enargas “realice los procedimientos que correspondan a los efectos de determinar la tarifa diferencial aplicable a los usuarios comprendidos en el régimen de compensación al consumo residencial de gas para la Región Patagónica, Departamento Malargüe de la provincia de Mendoza y la Región de la Puna, dispuesto en el Artículo 75 de la Ley N° 25.565 y sus modificaciones, de forma tal que el descuento en la tarifa de dichos usuarios consista en un 60 por ciento del valor de los cuadros tarifarios correspondientes a cada categoría de usuario”.
Este cargo responde a la Ley 25.565, que en su artículo 75 diseñó el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas, con el fin de financiar las compensaciones tarifarias para el sur del país.