20/06/2020

Se trata de un rosarino, de 61 años, acusado de realizar fraccionamiento y recarga de garrafas de gas Licuado de petróleo para su posterior venta y reparto.

La Justicia de Santa Fe imputó a un hombre por el delito de “contaminación culposa de medio ambiente, de un modo peligroso para la salud de las personas”. El fiscal Matías Ocariz lo acusó de haber actuado de manera negligente, imprudente y con impericia en la recarga y manipulación de garrafas, y en violación de las normas al realizar diversas conductas que causaron la liberación a la atmósfera de Gas Licuado de Petróleo en grandes cantidades, lo que

“causó fuertes olores a gas en forma permanente”.
Según indicaron desde el Ministerio Público de la Acusación, en febrero de 2019, en un inmueble de la ciudad de Rosario, el imputado realizaba la actividad de fraccionamiento y recarga de garrafas de Gas Licuado de Petróleo para su posterior reparto y venta por menor. Para esto “trasvasaba el producto de un cilindro de 45 kilos a una garrafa de menor capacidad, utilizando un compresor y un ventilador de pie, lo que puede ocasionar una chispa o descarga eléctrica cerca del envase, y provocar un siniestro de enormes proporciones, poniendo en peligro la vida de las personas que se encuentran en el lugar y en las viviendas linderas; y al lado de una camioneta (lo que implica también una fuente de posible ignición y combustión), sin estar habilitado para dicha actividad, manipulando el envase en forma totalmente contraria a las normas establecidas”, asegura el fiscal.
También lo acusa de “haber almacenado garrafas y cilindros en una cantidad mayor, en un 30% a la permitida por su certificado de habilitación para la actividad de venta por menor de garrafas hasta 250 kilogramos y hasta 15 garrafas vacías”; y de “haber realizado la actividad de fraccionamiento y recarga utilizando un compresor, sin estar habilitado para dicha actividad”, motivo por el cual se dispuso la clausura preventiva del inmueble.
Además, se lo acusó de haber violado la clausura preventiva desde el 4 de julio al 22 de noviembre de 2019, cuando la Dirección General de Inspección de Industrias, Comercios y Servicios de la Municipalidad de Rosario y la Fiscalía Civil de Rosario constataron el almacenamiento de 22 garrafas de 45 kilos, 45 garrafas de 15 kilogramos, 170 garrafas de 10 kilogramos, 3 cilindros, 2 balanzas, y el ejercicio de actividad comercial realizada en ese momento.
Ocariz le endilgó también “haber descargado el gas licuado de petróleo sobrante de la actividad de fraccionamiento y recarga, mediante una manguera, de aproximadamente 11,5 metros, que salía del galpón y corría por debajo de la calle, hasta desembocar a orillas de las vías del Ferrocarril, frente al inmueble; haber realizado la actividad de fraccionamiento y recarga de garrafas de gas licuado de petróleo; haber almacenado 22 envases vacíos de diversas capacidades; 10 garrafas, y cilindros, excediendo así la capacidad permitida; haber almacenado, por lo menos 192 garrafas, apiladas una sobre otras, sin resguardarlas de posibles caídas; haber vertido agua caliente sobre una garrafa para aflojar la traba de plástico de seguridad, en la vía pública; haber golpeado garrafas contra la pared; haber participado en la carga y descarga de garrafas, de un vehículo a otro y en lugares no correspondientes para tal actividad.
El juez que interviene en la causa, Nicolás Foppiani, formalizó la audiencia imputativa y dictó disponer el cese de toda actividad de manipulación, almacenamiento y fraccionamiento de gas licuado de petróleo dentro de los domicilios por el término de 30 días. Ordenó, además, a la Municipalidad de Rosario, que en ese plazo efectúe un informe de situación del lugar.